Multas de la CONDUSEF Cuánto pueden costar y cómo prevenirlas.
Una guía para oficiales de cumplimiento y directivos de instituciones financieras: los rangos que fija la ley, cómo se convierten a pesos y qué revisar antes de que llegue un procedimiento.
Antes de la multa, hay un procedimiento
Una revisión no termina necesariamente en multa. Para imponerla, la CONDUSEF debe notificarte por escrito los hechos y las disposiciones que considera infringidas, y darte un plazo de al menos 10 días hábiles para manifestar lo que convenga y ofrecer pruebas. Al fijar el monto toma en cuenta tus condiciones económicas, la gravedad de la falta y la necesidad de evitar reincidencias.
Fundamento: LPDUSF, art. 96.
Los rangos más frecuentes
Montos en UMA según el texto vigente de la LPDUSF y la LTOSF (última reforma DOF 14-11-2025). La ley todavía dice «días de salario»; desde la desindexación del salario mínimo esas referencias se entienden hechas a la UMA.
| Conducta | Multa (UMA) | Fundamento |
|---|---|---|
| No proporcionar la información que solicite la CONDUSEF | 200 a 1,000 | LPDUSF, art. 94, fr. I y II |
| SOFOM, E.N.R. que no proporcione la información sobre sus operaciones | 200 a 1,000 | LPDUSF, art. 94, fr. XVI |
| Infringir la LTOSF o las disposiciones de la CONDUSEF emitidas con base en ella, cuando no tenga otra multa específica (por ejemplo, en materia de despachos de cobranza) | 200 a 2,000 | LTOSF, art. 41 |
| Enviar publicidad a usuarios inscritos en el REUS o que pidieron no recibirla | 250 a 2,000 | LPDUSF, art. 94, fr. XII |
| No presentar el informe o los documentos de una reclamación ante la CONDUSEF | 500 a 2,000 | LPDUSF, art. 94, fr. III |
| No cumplir con lo previsto para la UNE (art. 50 Bis) y sus disposiciones | 500 a 2,000 | LPDUSF, art. 94, fr. VIII |
| Cobrar una comisión que no se reportó a la CONDUSEF | 500 a 2,000 | LPDUSF, art. 94, fr. XI |
| No modificar contratos de adhesión o estados de cuenta en términos de la normativa | 500 a 2,000 | LPDUSF, art. 94, fr. XV |
| Contratos de adhesión, publicidad o estados de cuenta que incumplen la LTOSF o las disposiciones de la CONDUSEF | 2,000 a 5,000 | LTOSF, art. 42, fr. III a V |
| No modificar contratos cuando lo ordena la CONDUSEF, cobrar comisiones distintas a las pactadas, no suspender publicidad o no incorporar el CAT | 4,000 a 150,000 | LTOSF, art. 43 |
En caso de reincidencia, la multa puede llegar al doble de la original (LPDUSF, art. 94, último párrafo). Se consideran graves las conductas de las fracciones I, III a V y XI a XVI del artículo 94 (LPDUSF, art. 96). La tabla es una selección; no sustituye la revisión del caso concreto.
Por registro: qué te pueden multar si no reportas
Las obligaciones periódicas ante la CONDUSEF, con el artículo de la Disposición en Materia de Registros que las establece y el rango de multa que aplicamos en nuestros diagnósticos.
| Registro | Obligación | Periodicidad | Multa (UMA) | Norma sancionadora |
|---|---|---|---|---|
| SIPRES | Validar la información corporativa y datos generalesDisposición, Art. 50 | Mensual | 200 a 1,000 | LPDUSF, art. 94 |
| SIPRES | Reporte de calidad de información de la Sociedad de Información CrediticiaDisposición, Art. 52 | Mensual | 200 a 1,000 | LPDUSF, art. 94 |
| REUNE | Validar la información de la UNEDisposición, Art. 66 | Mensual | 500 a 2,000 | LPDUSF, art. 94, fr. VIII |
| REUNE | Informe trimestral de consultas, reclamaciones y aclaracionesDisposición, Art. 71 | Trimestral | 500 a 2,000 | LPDUSF, art. 94, fr. VIII |
| RECO | Cartera total, vigente y vencida, y número de contratosDisposición, Art. 115 | Mensual | 200 a 1,000 | LPDUSF, art. 94 |
| REDECO | Informe de quejas por gestión de cobranzaDisposición, Art. 124 | Mensual | 200 a 2,000 | LTOSF, art. 41 |
| REDECO | Actualizar los datos de los despachos de cobranzaDisposición, Art. 130 | Mensual | 200 a 2,000 | LTOSF, art. 41 |
| IFIT | Validar las fichas técnicas de productos y serviciosDisposición, Art. 143 | Mensual | 200 a 1,000 | LPDUSF, art. 94 |
| IFIT | Programas de educación financiera en la ficha técnicaDisposición, arts. 136, fr. IX y 143 | Mensual | 200 a 1,000 | LPDUSF, art. 94 |
| REUS | Informar a los clientes que no aceptaron el uso de su información para publicidadDisposición, Art. 158 | Dos veces al mes | 250 a 2,000 | LPDUSF, art. 94 |
| REUS | Informar o validar cómo realizas tu actividad de publicidadDisposición, Art. 160 | Mensual | 250 a 2,000 | LPDUSF, art. 94 |
| REUS | Informar la publicidad personalizada que realizasteDisposición, Art. 161 | Mensual | 250 a 2,000 | LPDUSF, art. 94 |
Las UMA son el rango legal completo, piso y techo, no una multa fija. La norma sancionadora de cada obligación es el criterio que aplica CUMPLIFIX, S.C. en sus diagnósticos; en cada caso la autoridad determina la fracción y el monto. El registro de cartera en el RECO aplica a SOFOM, E.N.R., sociedades financieras populares y comunitarias, SOCAP y uniones de crédito (art. 115), y el reporte de calidad de información en el SIPRES, a las SOFOM (art. 52).
De UMA a pesos
La multa se calcula con el valor diario de la UMA del año que corresponde al incumplimiento. El valor cambia cada año y entra en vigor el 1 de febrero: un incumplimiento de enero todavía se calcula con el valor del año anterior.
Calculadora orientativa
Equivale a $ 234,620.00
Valor diario de la UMA por año
| Año | Valor diario |
|---|---|
| 2026 | $ 117.31 |
| 2025 | $ 113.14 |
| 2024 | $ 108.57 |
| 2023 | $ 103.74 |
| 2022 | $ 96.22 |
| 2021 | $ 89.62 |
| 2020 | $ 86.88 |
| 2019 | $ 84.49 |
| 2018 | $ 80.60 |
| 2017 | $ 75.49 |
| 2016 | $ 73.04 |
Fuente: valores publicados por el INEGI en el Diario Oficial de la Federación. Vigencia desde el 1 de febrero de cada año: Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización, art. 5. El resultado es una referencia: la multa concreta la determina la autoridad dentro del rango.
Lo que conviene saber si ya te multaron
20% menos si pagas a tiempo
Si pagas dentro de los 15 días hábiles siguientes a la notificación y no interpones ningún medio de defensa, la multa se reduce 20%.
LPDUSF, art. 97
Cinco años
La facultad de la CONDUSEF para sancionar caduca en cinco años desde el día siguiente a la conducta. El plazo se interrumpe con la notificación del oficio de audiencia.
LPDUSF, art. 96
Se publica
Las sanciones se dan a conocer al público en el Buró de Entidades Financieras.
LPDUSF, art. 97 Bis
Recurso de revisión
Es optativo y se presenta por escrito dentro de los 15 días hábiles siguientes a la notificación.
LPDUSF, art. 99
Checklist preventivo
- Presentas cada mes, en los primeros cinco días hábiles, la información de SIPRES, REUNE, RECO, REDECO, IFIT y REUS que te corresponde, aunque no haya cambios.
- Presentas el informe trimestral del REUNE en los primeros 10 días hábiles de enero, abril, julio y octubre.
- Alguien revisa tus notificaciones en el SINE y contesta dentro del plazo.
- Tus contratos de adhesión están inscritos en el RECA y coinciden con lo que firmas hoy.
- Ninguna comisión se cobra sin estar registrada en el RECO.
- Tu publicidad incluye el CAT cuando menciona tasas o comisiones.
- Antes de una campaña, cruzas tu base contra el REUS.
- Tienes acuses y evidencia de todo lo anterior, ordenados por mes.
Fundamento de los plazos: Disposición en Materia de Registros ante la CONDUSEF (DOF 14-10-2022), art. 12.
Cómo te ayudamos a prevenir
Checkup CUMPLIFIX, S.C.
Revisamos cinco años de tus obligaciones ante la CONDUSEF y te decimos qué hallazgos siguen vigentes.
SIMULAFIX
Un simulacro de supervisión para corregir antes de la revisión real.
CUMPLIFIX, S.C. 360
Te acompañamos cada mes para que no se vuelvan a acumular incumplimientos.
Esta guía es información general y no constituye asesoría legal para un caso concreto.
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